Certificados energéticos: todo lo que debes saber

Cristina Jiménez Cristina Jiménez
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El libro de ideas de hoy está dedicado a los Certificados energéticos y en él trataremos de despejar algunas dudas que sabemos que suelen surgir en torno a este documento. Aunque ya empezamos a estar familiarizados con estos certificados, pues llevan siendo ya obligatorios unos cuantos años, sigue habiendo mucha confusión al respecto y no siempre está bien entendida su funcionalidad. Y es que el Certificado energético, si se realiza bien, es un documento muy valioso para cualquier usuario. De hecho, el propósito que se persigue con este certificado es el de aportar información extra para poder reducir el consumo energético en los edificios (principalmente en la viviendas), controlando al mismo tiempo el importe mensual que destinamos a la energía que utilice nuestro hogar para hacerlo confortable. 

Pero empecemos por el principio y vayamos por partes para ir resolviendo las preguntas frecuentes que se suelen formular a los técnicos encargados de realizar estos certificados y a las empresas inmobiliarias que intervienen en las distintas gestiones que se realizan alrededor de las viviendas. A lo largo de este artículo vamos a dar respuesta a cuestiones tales como: ¿Qué es un certificado energético? ¿Desde cuando se realizan? ¿Cuándo es obligatorio realizar un certificado energético? ¿Qué pisos no necesitan certificados energéticos? ¿Quien debe realizarlos? ¿Qué pasa si no se dispone de él o no se realiza correctamente? 

¡Pues vamos paso a paso a averiguar todo lo relativo al certificado energético!

¿Qué es el certificado energético?

Un certificado energético es un documento que informa sobre el consumo energético que tiene un inmueble para que sus espacios se encuentren en condiciones de conforto y, a su vez,  sobre las emisiones de Dióxido de Carbono (CO2) que van a la atmósfera como resultado de producir esa energía que demanda el inmueble.  Este certificado es imprescindible a la hora de vender o alquilar un inmueble y debe ser mostrado junto a todos los anuncios de inmuebles  que se anuncien para ser vendidos o alquilados. Este documento es obligatorio en España desde el 1 de junio de 2013 si se quiere realizar cualquier operación comercial con un inmueble o local, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por nuestro país con la Unión Europea y surge, por tanto, de la transposición de una Directiva Europea. En otros países de la Unión, de hecho, este certificado es obligatorio desde fechas bastante anteriores a la aprobación en España del Real Decreto RD 235/2013, que estableció su obligatoriedad. El certificado de eficiencia energética es, por tanto, un documento imprescindible para la venta y alquiler, tanto de edificios completos como de partes de ellos (por ejemplo, un piso dentro de un edificio de viviendas). Este certificado se pide tanto para edificios nuevos como para edificios existentes. Es responsabilidad de los propietarios de los inmuebles, ya sean viviendas particulares, locales, edificios completos o inmuebles de pequeño terciario, el disponer de este documento y renovarlo cuando llegue el momento (la vigencia del certificado energético es de 10 años). 

Entonces, en caso de poner un inmueble de los tipos que hemos mencionado en venta o en alquiler, el propietario debe solicitar el certificado energético. Para ello, deberá encargar la realización de los trabajos necesarios para obtener la certificación energética a un técnico competente, de los que están habilitados para ello (Arquitectos, Arquitectos técnicos, Ingenieros,… ). El tiempo y los honorarios correspondientes a ese trabajo dependerán de factores como la situación del inmueble o su tamaño; no es lo mismo, por ejemplo, hacer el certificado energético de una casa unifamiliar de dos plantas que realizar certificados energéticos pisos menores de 50 metros cuadrados. Una vez lo tenga ya firmado por un técnico competente, el propietario debe facilitar su certificado energético a la agencia inmobiliaria, si es que ha elegido realizar la operación de venta o alquiler a través de una de estas empresas. En general, debe mostrarlo a los posibles compradores o arrendatarios, incluyendo la información contenida en el certificado en los anuncios que publique en los diferentes portales inmobiliarios.

¿Qué es la etiqueta energética?

El contenido de la certificación energética se sintetiza en lo que se llama 'etiqueta energética', que es lo que se debe mostrar, por ejemplo, en los anuncios de venta o alquiler que muestran las inmobiliarias en sus locales o en los anuncios que publicitan on-line. Con este tipo de etiquetas llevamos años familiarizados, pues la etiqueta energética es muy similar a la que deben tener todos los electrodomésticos que se compran nuevos y que todos tenemos en nuestras cocinas, por ejemplo. La etiqueta, en el caso de los inmuebles, lo que muestra es ese consumo del que hablamos, una vez ha sido calculado por el técnico que realice la certificación, y las emisiones de CO2. Según sean mayores o menores esas cantidades, el inmueble recibe una determinada calificación. La calificación obtenida se corresponde con una letra, que va de la A a la G y con una escala de colores. Según la letra que tenga cada vivienda, podemos hacernos una idea de cómo es de eficiente, desde el punto de vista energético, y de contaminante; es decir, también nos dan pistas del ahorro energético que podemos tener dependiendo de las letras. Tal y como ocurre con los electrodomésticos, las viviendas más eficientes son las que tiene una letra A y las menos eficientes, las que tienen una letra G. 

Por desgracia, el parque inmobiliario en nuestro país es bastante poco eficiente y son escasos los inmuebles que hoy en día tienen una calificación energética A, siendo mucho más habitual de lo que sería deseable encontrar viviendas con calificación F y G (frecuentes sobretodo en viviendas construidas antes de los años 80 del siglo pasado, sin ningún tipo de aislamiento térmico en sus fachadas y cubiertas).

¿De qué consta el certificado energético?

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El certificado energético, como certificado que es, tiene validez legal (10 años) y su información debe ser veraz. Se trata de un informe técnico que recoge bastante información de las características de un inmueble, además de su consumo y las emisiones que realiza a la atmósfera. Este inmueble consta, entonces, de varias páginas (además de contener la etiqueta energética). En ese documento se recogen datos sobre la orientación de las fachadas del inmueble, sobre su situación, sobre las características de su envolvente exterior (fachada, cubierta, muros medianeros, etc.),… También contiene información sobre las instalaciones que tiene el inmueble, sobre su sistema de iluminación o sobre sus sistemas de producción de energía.

El certificado energético a la hora de formalizar una operación

A la hora de formalizar una operación de compra o de alquiler, se debe dejar constancia de la existencia del certificado energético. En el caso de proceder a la venta de un inmueble, que se realizan siempre formalizando la trasmisión ante notario, el propietario debe entregar el certificado energético al comprador como parte de la documentación que debe aportar a la entrega de la cantidad pactada para la compra. Es decir, el certificado energético debe estar incluido en cualquier contrato de compraventa que se realice.

En caso de formalizar un alquiler, el arrendatario debe mostrar el certificado a los inquilinos y entregarles una copia del mismo al realizar el contrato de alquiler. También es obligatorio solicitar el certificado energético cuando se deposita la fianza de un alquiler en el organismo oficial correspondiente.

Información adicional

Una información muy interesante que recoge el certificado, y que a menudo se pasa por alto, es la relación de medidas que el técnico considera oportunas para mejorar la eficiencia energética del inmueble, en definitiva, qué hacer para conseguir una mayor clasificación. Esta información se recoge en el Anexo III, del informe. 

El documento generado por el técnico debe describir, además, todo el proceso de toma de datos (Anexo IV). Entonces, aquí se deben recoger las pruebas, comprobaciones e inspecciones que el técnico ha llevado a cabo para calcular el consumo y emisiones del inmueble. Esta información permite comprobar la veracidad del certificado, bajo la responsabilidad del técnico que lo firma. 

De no ser correcto el certificado o no cumplir con lo que dicta la ley, tanto propietario como técnico, se exponen a multas que van desde los 300€ a los 6000€.

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